Ayuntamiento de Salamanca – Consumo

31
de
marzo
de
2014
Consumo

Reforma Ley Defensa Consumidores y Usuarios

El pasado viernes 28 de marzo se publicó la Ley 3/2014, 27 de marzo, que modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, que adapta la normativa de consumo a la Directiva 2011/83/UE.

Principales novedades de la norma

Información

Amplía la información precontactual que debe facilitarse a los consumidores, especialmente en los contratos a distancia. Esta medida se aplicará en los contratos realizados a partir de 13 junio de 2014

Compras por  internet

El consumidor deberá aceptar el precio antes de finalizar la transacción. Se prohíbe la aplicación de  “cargas encubiertas”.

 

Nuevos derechos

Relativos a la forma y plazos de entrega y el riesgo de pérdida o deterioro de los bienes 

 

Limitaciones al “spam” telefónico

En las ofertas comerciales no deseadas realizadas por teléfono, las llamadas deberán realizarse d desde un número identificable. Desde la primera llamada el consumidor deberá ser informado de su derecho a no recibir nuevas ofertas y a obtener el número de referencia de esta oposición.

Se prohíben las llamadas comerciales de 21.00 a 9.00 horas entre semana y los fines de semana y festivos. 

 

Contratación telefónica

Para garantizar que el consumidor es plenamente consciente de lo que contrata la oferta no será vinculante hasta que la haya firmado por escrito (en papel, fax, correo electrónico o sms) o, salvo oposición expresa, en soporte duradero.

 

Contratos

Si el consumidor lo solicita los contratos se emitirán con letra más grande, y la letra pequeña debe ser superior al milímetro y medio

 

Medios de pago

Los empresarios no podrán facturar al consumidor cargos quesuperen el coste al que tienen que hacer frente ellos por el uso de los mismos.

 

Derecho de desistimiento

Se amplía el plazo para renunciar o desistir del contrato de los 7 días hábiles actuales a 14 días naturales. Si el empresario no informó al consumidor de este derecho el plazo se ampliará automáticamente a 12 meses.

 

Factura electrónica

Las facturas se emitirán sólo en papel, a no ser que el consumidor dé su consentimiento para que sean electrónicas. No podrán girarse cargos por la emisión de la factura.

Solo se permitirá si el consumidor da su consentimiento. En caso contrario la factura se emitirá en papel y sin coste .

 

Servicios de atención al cliente

Las llamadas  no podrán tener un coste superior al de la tarifa básica.

Las empresas deberán entregar clave o justificante por escrito de la reclamación y garantizar una atención personal directa.

 

Quejas y reclamaciones

Se resolverán en el plazo máximo de un mes desde su presentación.

La empresa informará al consumidor si está adherida al sistema arbitral de resolución de conflictos.

 

Cigarrillos electrónicos

Se limita su publicidad y se prohíbe su uso en centros educativos y zonas infantiles, centros sanitarios, centros de las administraciones públicas,

Modificación de la Ley de enjuiciamiento civil

Los fiscales podrán representar a los consumidores en las reclamaciones colectivas ante cláusulas abusivas en los contratos de empresas como bancos, suministradoras de servicios de gas o electricidad, compañías telefónicas, etc.

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