El Gobierno de Canarias acuerda la legalización de cinco explotaciones ganaderas
El acuerdo del Consejo de Gobierno otorga la autorización de actividad a estas cinco instalaciones de ganado ubicadas en La Gomera, La Palma, Gran Canaria y Tenerife
En el marco del plan de reactivación de regularizaciones del Ejecutivo regional, a lo largo de 2025 se han concedido hasta el momento un total de 23 autorizaciones
El Consejo de Gobierno ha acordado hoy lunes, 3 de noviembre, la legalización territorial de cinco explotaciones ganaderas en los municipios de San Sebastián de La Gomera, Garafía (La Palma), Moya (Gran Canaria), Candelaria y El Rosario (Tenerife), que suman un total de 1039 animales, distribuidos en 957 cabezas de caprino, así como 38 de ovino, 29 de bovino, trece de equino y dos de porcino.
En el marco del plan de regularizaciones que está promoviendo el Ejecutivo canario, el Consejo de Gobierno ha concedido la autorización a la actividad y las correspondientes edificaciones e instalaciones a un total de 23 instalaciones de ganado a lo largo de 2025, de acuerdo al procedimiento previsto en la Ley 6/2009 de medidas urgentes en materia de ordenación territorial para la dinamización sectorial y la ordenación del turismo en Canarias.
Esta reactivación en la tramitación de autorizaciones, impulsada por la Dirección General de Ganadería, supone un impulso decidido a la consolidación de subsectores estratégicos para el sector primario de Canarias, principalmente la producción de leche y elaboración de quesos, la producción de huevos de gallina, de carne de porcino o de ovino, así como, en menor medida, actividades como la práctica ecuestre.
Según consta en el expediente del Servicio de Industrias, Registros y Bienestar Animal, las cinco instalaciones se encuentran en situación de alta en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA), y tal y como refleja el estudio comparativo de fotografías aéreas contenido en el informe realizado por GMR Canarias, sus edificaciones son posteriores a la entrada en vigor de la Ley 9/1999 de Ordenación del Territorio de Canarias, de manera que resulta aplicable la disposición final tercera de la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.
La citada normativa establece que el Gobierno, a propuesta de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria, de conformidad con los departamentos con competencias en ordenación del territorio y de medio ambiente, podrá acordar la legalización territorial y ambiental de las edificaciones e instalaciones ganaderas, actualmente en explotación, que hubiesen sido ejecutadas, sin los correspondientes títulos administrativos, con anterioridad a la entrada en vigor de la citada Ley de Ordenación del Territorio en Canarias.
Asimismo, el acuerdo del Consejo de Gobierno determina las actuaciones de carácter sanitario, ambiental, funcional, estético y de bienestar animal que deberán ejecutarse como requisito para la legalización en el plazo de dieciocho meses contados a partir del día siguiente al de la notificación, que podrán prorrogarse por nueve meses adicionales.
				