Autorizada la modificación de los límites de gasto para que el Ministerio de Transportes pueda desarrollar actuaciones en infraestructuras ferroviarias
El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la modificación de límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de que el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible pueda llevar a cabo diversas actuaciones en materia de infraestructura del transporte ferroviario.
La Dirección General del Sector Ferroviario, tras analizar la situación de los contratos actualmente en ejecución, plantea esta solicitud con el fin de cumplir con los objetivos del Programa ‘Infraestructura del transporte ferroviario’.
Además de las actuaciones ya iniciadas, se requiere acometer otras nuevas que deben ponerse en marcha en 2025, con repercusión presupuestaria en los ejercicios 2026, 2027 y 2028.
Partiendo de los nuevos compromisos a adquirir y teniendo en cuenta las retenciones de crédito ya existentes en la aplicación presupuestaria ‘Inversiones reales’, según nivel de vinculación, se obtiene el siguiente cuadro resumen de necesidades totales (importe en euros):
| 2026 | 2027 | 2028 | |
| Crédito retenido (Contratos en ejecución) | 17.537.987,98 | 10.710.951,13 | 2.888.189,53 |
| Crédito actuaciones a reprogramar | 107.198,68 | 822.278,67 | – |
| Nuevas actuaciones | 1.485.601,21 | 3.752.400,00 | 2.682.998,79 |
| TOTAL NECESIDADES | 19.130.787,87 | 15.285.629,80 | 5.571.188,32 |
Por todo ello, al superarse los límites establecidos en la Ley General Presupuestaria, se ha solicitado la autorización del Consejo de Ministros destinada a elevar el límite para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en las anualidades 2026 y 2027.