Gobierno de España

Autorizada la modificación de límites de gasto y el número de anualidades para la convocatoria de becas para formación y movilidad de profesores

​El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades la tramitación relativa a las convocatorias de becas y ayudas para formación, perfeccionamiento y movilidad de profesores para 2026.

El Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2024-2027 (PEICTI) contempla cinco programas verticales, uno de ellos es el Programa de Recursos Humanos integrado a su vez por tres Subprogramas, entre los que se encuentra el Subprograma de Formación, Atracción y Retención del Talento Investigador e Innovador.

El objetivo de este Subprograma es, además de financiar, incentivar a través de convocatorias en régimen de concurrencia competitiva de carácter plurianual, la formación y especialización de los beneficiarios de las ayudas para I+D+i, así como facilitar la movilidad hacia otros centros de investigación en España o en el extranjero.

Las distintas convocatorias de ayudas que el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades viene tramitando a través de la Secretaría General de Universidades, están incluidas en los Subprogramas de Formación, Atracción y Retención del Talento Investigador e Innovador.

Si bien estas convocatorias están recogidas en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para 2025, es necesario y urgente tramitar la presente elevación de límites para poder publicar anticipadamente las convocatorias en concurrencia competitiva a resolver en 2026.

Las nuevas convocatorias programadas para 2026 deben tramitarse dentro del actual ejercicio económico 2025 debido a que los calendarios de publicación de las convocatorias se ven afectados por los calendarios académicos de incorporación de los beneficiarios. Por ello es necesario anticipar estas convocatorias de forma que su resolución permita el cumplimiento de sus fines.

Así, la Secretaría General de Universidades ha previsto, durante el ejercicio 2025, publicar anticipadamente, en concurrencia competitiva dentro del Subprograma de Formación, Atracción y Retención del Talento Investigador e Innovador, las convocatorias de Ayudas para formación y de Ayudas para movilidad.

Además, se deben transferir compromisos de convocatorias anteriores a ejercicios posteriores, consecuencia de los aplazamientos de incorporación y ampliaciones por incapacidades temporales en los contratos de beneficiarios de las ayudas.

Al importe previsto de la nueva convocatoria hay que adicionar los importes de los compromisos adquiridos, como consecuencia de convocatorias anteriores, de forma que quedaría así:

Año

Compromisos ya adquiridos Nuevas necesidades Compromiso máximo a adquirir
2026 108.908.749,15 16.018.259,96 124.927.009,11
2027 82.567.781,10 32.576.181,14 115.143.962,24
2028 55.534.896,51 33.406.613,30 88.941.509,81
2029 28.754.355,67 31.488.890,88 60.243.246,55
2030 2.726.593,37 24.800.480,27 27.527.073,64
2031 1.312.457,12 2.530.124,88 3.842.582,00
2032 2.224.082,19 2.224.082,19
TOTAL 279.804.832,92 143.044.632,62 422.849.465,54​

Por tanto, al superarse los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros y el número de anualidades a que se refiere la Ley General Presupuestaria, se ha solicitado autorización del Consejo de Ministros para elevar el límite en las anualidades de 2026 a 2029 y autorizar las anualidades de 2030 a 2032.

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