Gobierno de España

Autorizada la modificación de límites de gasto para librar fondos destinados a centros educativos de Infantil y Primaria de Ceuta y Melilla

​El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se modifican los límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a fin de posibilitar al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes los libramientos a los centros educativos de Educación Infantil y Primaria de Ceuta y Melilla.

El apartado Undécimo.1.a) de la Orden de 23 de septiembre de 1999 por la que se desarrolla el Real Decreto 2723/1998, de 18 de diciembre, por el que se regula la autonomía en la gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios indica que “con cargo a los créditos del presupuesto del Ministerio de Educación y Cultura, asignados para gastos de funcionamiento de los centros, se librará a las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación y Cultura, para su remisión a los mismos, en dos plazos, por importe del 30% y 70%, a satisfacer el primero antes del 30 de septiembre y el segundo antes del 31 de marzo” .

De acuerdo con lo anterior, la cuantía de los libramientos sería la siguiente:

Aplicación Crédito inicial 30% (2025) 70% (2026)
18.08.322A.229 531.780,00 159.534,00 372.246,00

​A esto hay que añadir un importe de 40.130,69 euros destinado al funcionamiento de los comedores de los centros, no contemplado en el presupuesto prorrogado.

Aplicación Crédito inicial 30% (2025) 70% (2026)
18.08.322A.229 40.130,69 12.039,21 28.091,48

Es decir, la cuantía total del libramiento para 2026 es de 400.337,48 euros.

De lo anteriormente expuesto se desprende que en la aplicación presupuestaria citada se superan los límites previstos en la Ley General Presupuestaria, por lo que se solicita el aumento de este según el detalle expuesto en la propuesta, de acuerdo con el siguiente resumen:

18.08.322A.22 2026
Crédito retenido 0,00
Necesidades totales 400.337,48
Nuevo límite solicitado 400.337,48​

Por todo ello, en aplicación de lo dispuesto en la Ley General Presupuestaria, se ha sometido este acuerdo para su autorización por el Consejo de Ministros.

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