Gobierno de España

Autorizada la aplicación del Fondo de Contingencia y un suplemento de crédito al Ministerio de Inclusión y Seguridad Social para financiar las prestaciones del síndrome tóxico

​El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 5.442.530 euros y la concesión de un suplemento de crédito en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para la financiación de las prestaciones del síndrome tóxico. 

La Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones solicitó un suplemento de crédito en la aplicación presupuestaria ‘Transferencias a la Seguridad Social para financiar las prestaciones del Síndrome Tóxico, incluso para atender obligaciones de ejercicios anteriores’ por importe de 5.442.530 euros, para la financiación de las prestaciones del síndrome tóxico. 

El Real Decreto 2448/1981, de 19 de octubre, sobre protección a los afectados por el síndrome tóxico, estableció una serie de medidas, con carácter provisional, para resolver la situación de precariedad económica en que se encontraban los afectados o sus familiares, estableciéndose dos tipos de prestaciones: 

– Prestaciones económicas de abono periódico, como las de incapacidad temporal, invalidez permanente, jubilación, viudedad y orfandad, para todos aquéllos que no tienen derecho a causar otra prestación por cualquier otro sistema público de previsión o protección social. 

– Ayudas de contenido social, apoyo económico y reinserción social del afectado y de su familia, como la ayuda económica familiar, la ayuda domiciliaria, el reintegro de gastos protésicos y de farmacia, dietéticas, lactancia artificial, guarderías, becas, colonias de verano, ayudas por fallecimiento y otras.

La gestión de estas prestaciones económicas y sociales del síndrome tóxico fue atribuida al Instituto Nacional de la Seguridad Social, por la disposición adicional cuarta del Real Decreto 1888/1996, de 2 de agosto, de Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, por la que se integra la Oficina de Gestión de Prestaciones del síndrome tóxico en el citado Instituto. 

Los créditos para el abono de estas prestaciones están incluidos presupuestariamente en el programa de ‘Protección familiar y otras prestaciones’, programa no contributivo y, consecuentemente, financiado con aportaciones del Estado al Presupuesto de la Seguridad Social, a tenor de lo establecido en el artículo 109 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. 

En este sentido, la dotación de crédito para el año 2025, encontrándose prorrogados los Presupuestos Generales del Estado del año 2023, en la aplicación presupuestaria ‘Transferencias a la Seguridad Social para financiar las prestaciones del Síndrome Tóxico, incluso para atender obligaciones de ejercicios anteriores’ es 23.527.470 euros, resultando insuficiente para cubrir el montante de estas prestaciones. 

Conforme a la documentación justificativa aportada, teniendo en cuenta los importes de las nóminas ya abonadas de enero a agosto y la cuantía estimada pendiente por las nóminas de septiembre a diciembre del año 2025, el montante total de las prestaciones asciende a 28.970.000 euros, generándose una insuficiencia de crédito por valor de 5.442.530 euros. 

Por lo tanto, para dar cumplimiento a dicho gasto es preciso autorizar la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un suplemento de crédito, imputándose a la aplicación presupuestaria citada anteriormente, por un importe de 5.442.530 euros, todo ello en los términos contenidos en la propuesta.

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