Gobierno de España

El Consejo de Ministros aprueba la capacidad ordinaria de las comunidades para la acogida de niños y niñas migrantes no acompañados

Martes 26 de Agosto de 2025

Rego ha definido la aprobación como “un paso importante” para garantizar los derechos de la infancia migrante.

Madrid, 26 de agosto de 2025.- El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Real Decreto por el que se aprueba la capacidad ordinaria del sistema de protección y tutela de personas menores de edad extranjeras no acompañadas en las Comunidades y Ciudades Autónomas.

De esta forma, la capacidad ordinaria de los sistemas de acogida ha quedado cifrada en una ratio de 32,6 plazas para niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados por cada 100.000 habitantes para el conjunto del país, de acuerdo con la fórmula recogida en la norma aprobada hoy [ver TABLA].

La ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, ha definido la aprobación de este Real Decreto como “un punto de inflexión en el desarrollo del proceso de acogida vinculante, digna y solidaria de la infancia migrante no acompañada que llega a nuestro país”. Rego ha explicado que, a partir de este momento, “está todo dispuesto para que comiencen los traslados de acuerdo con el protocolo establecido”.

“Hoy damos un paso importante para garantizar los derechos de todos esos niños, niñas y adolescentes que llegan solos y solas a nuestro país. Tenemos la obligación de darles una acogida digna y solidaria y en ello trabajamos desde hace meses a pesar de los intentos de bloqueo de determinados territorios”, ha añadido la ministra de Juventud e Infancia.

Con este Real Decreto se da cumplimiento a la disposición adicional undécima introducida en la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, introducida tras la aprobación del Real Decreto-ley 2/2025, por el que se aprueban medidas urgentes para la garantía del interés superior de la infancia y la adolescencia ante situaciones de contingencias migratorias extraordinarias.

Tras la aprobación, aquellas Comunidades y Ciudades Autónomas que multipliquen por tres su capacidad ordinaria serán declaradas en situación de contingencia migratoria extraordinaria, lo que activará el protocolo de traslados.

Comunidad Autónoma Capacidad Ordinaria
Andalucía 2.827
Aragón 441
Asturias, Principado de 331
Balears, Illes 406
Canarias 737
Cantabria 194
Castilla y León 783
Castilla – La Mancha 692
Catalunya 2.650
Comunitat Valenciana 1.767
Extremadura 344
Galicia 886
Madrid, Comunidad de 2.325
Murcia, Región de 517
Navarra, Comunidad Foral de 223
País Vasco 731
Rioja, La 107
Ciudad de Ceuta 27
Ciudad de Melilla 28

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