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El departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca convocará ayudas a la flota afectada por la paralización temporal de la actividad pesquera del jurel

  • Cerco y artes menores; a ello se destina un total de 268.784 euros

Vitoria-Gasteiz 2025 07 08

El Consejo de Gobierno ha dado su visto bueno a la orden de la consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, por la que se convocan las ayudas destinadas a buques con puerto base en el País Vasco afectados por la paralización temporal de la actividad pesquera del jurel, para la flota de cerco y de artes menores. A ello se destina un total de 268.784 euros

Amaia Barredo, Consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca detalla que “se trata de una convocatoria anual de ayudas con objeto de compensar las pérdidas por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota con puertos base en Bizkaia y Gipuzkoa, por la que se establece un periodo de parada en la pesquería del jurel -técnicamente el stock JAX/08C-, para la flota de cerco y de artes menores dependiente de dicha especie”

La cuantía total máxima de los recursos económicos destinados a financiar las ayudas contempladas en esta orden asciende a de 268.784 euros. De dichos fondos 188.148,80 euros, el 70%, corresponden al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (FEMPA), y el 30% restante, 80.635,20 euros, corresponden a los presupuestos de Euskadi. De la cuantía total de las ayudas,  163.184,00 euros van dirigidos a los armadores y 105.600,00 euros a los pescadores.

El volumen total de ayudas a conceder con cargo a la convocatoria no podrá superar la consignación presupuestaria. No procederá la concesión de nuevas ayudas una vez agotado dicho importe global.

La flota vasca no tuvo una cuota específica de jurel en 2024. La cuota de jurel para la flota de Gran Sol, que incluía a parte de la flota vasca, se amplió a 710 toneladas, incluyendo 60 toneladas adicionales como captura accesoria, según el MAPA. Además, se estableció un tope de 2.500 kg por barco y marea para esta captura accesoria, con la posibilidad de revisión.

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