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Industria publica la convocatoria para 2025 de ayudas a las asociaciones de comerciantes, federaciones y confederaciones y cooperativas

Esta convocatoria cuenta con una dotación de 20.000 euros destinada a cubrir gastos corrientes

Santander- 12.05.2025

La Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio ha publicado hoy en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) la Orden IND/24/2025, de 5 de mayo, por la que se aprueba la convocatoria para 2025 de subvenciones a las asociaciones de comerciantes y sus federaciones y confederaciones y cooperativas de detallistas, destinadas a financiar sus gastos corrientes.

El Gobierno de Cantabria pretende con estas ayudas seguir apoyando y promocionando el comercio local, especialmente en la modernización y competitividad reforzando a la vez la capacidad de autoorganización de las entidades asociativas de promoción del sector comercial.

La convocatoria cuenta con un presupuesto de 20.000 euros y tiene como finalidad la asistencia de carácter económico a las asociaciones de comerciantes, y sus federaciones y confederaciones, y cooperativas de detallistas, para la financiación de los gastos corrientes de funcionamiento necesarios para el cumplimiento de los fines propios de las Asociaciones de comerciantes y para el desarrollo de sus actividades

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones convocadas al amparo de la presente convocatoria, las asociaciones de comerciantes, así como las federaciones y confederaciones de éstas, inscritas en el Registro de Asociaciones de Comerciantes de Cantabria a 31 de diciembre de 2024, que se encuentren desarrollando actividad y hayan realizado algún proyecto en el año 2024, así como tener previstas o realizadas actuaciones para 2025.

El importe máximo de las ayudas para cada entidad beneficiaria será de 8.000 euros para las federaciones y confederaciones de asociaciones de comerciantes inscritas en la sección tercera del Registro de Asociaciones de Comerciantes de Cantabria, y de 2.000 euros para las asociaciones de comerciantes inscritas en las secciones primera y segunda de dicho Registro y las cooperativas de detallistas.

El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación prevista en el apartado noveno de la orden de convocatoria, será de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Cantabria, el 13 de mayo.

El consejero de Industria, Empleo, Innovación y Comercio, Eduardo Arasti, ha subrayado la importancia de estas ayudas «que suponen un impulso por parte del Gobierno de Cantabria a las asociaciones de comerciantes en las que el Ejecutivo siempre encuentra un interlocutor dispuesto a trabajar por el comercio local».

Más información en la sección de «Ayudas y Subvenciones» de www.cantabria.es o en la web de la Dirección General de Comercio y Consumo www.comercioyconsumodecantabria.es

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