20250408-FONDO-CONTIGENCIA-DANA
El Consejo de Ministros ha autorizado hoy la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 23.425.818,97 euros y la concesión de un crédito extraordinario en el Ministerio de Juventud e Infancia, para financiar los gastos por inversión incluidos en la línea integral de subvenciones concedidas a las entidades locales, en el ámbito de la infancia, adolescencia y juventud frente a los daños causados por la DANA.
El Ministerio de Juventud e Infancia ha solicitado un crédito extraordinario para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, por importe de 23.425.818,97 euros.
Este RDL 7/2024 establece que los expedientes de modificación presupuestaria se aprobarán por el Consejo de Ministros y se financiarán con cargo al crédito, declarado ampliable, ‘Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria, artículo 50 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, DANA 28 de octubre 2024’.
El artículo 78 del citado Real Decreto-ley 7/2024 habilita al Ministerio de Juventud e Infancia para conceder subvenciones a las entidades locales, diputaciones provinciales y entidades del tercer sector para financiar prestaciones básicas en el ámbito de la infancia, la adolescencia y la juventud como medidas de respuesta ante los daños causados por la DANA en diferentes municipios, teniendo dichas ayudas la consideración de subvenciones directas.
La Orden JUI/119/2025, de 6 de febrero, por la que se regula la concesión directa de subvenciones en el ámbito de la infancia, la adolescencia y la juventud a las entidades locales afectadas por la DANA entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, establece la posibilidad de financiar no sólo gastos corrientes en bienes y servicios, sino también gastos por inversión.
Una vez recibidas todas las solicitudes por parte de las entidades locales se ha constatado que el crédito destinado a gastos por inversión imputable al Capítulo 7 ‘Transferencias de capital’ asciende a un importe de 23.425.818,97 euros.
Por lo tanto, para dar cumplimiento a dicho gasto, es preciso autorizar la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un crédito extraordinario en el Ministerio de Juventud e Infancia, por ese importe de 23.425.818,97 euros, de conformidad con lo establecido en la Ley General Presupuestaria y en el Real Decreto-ley 7/2024.