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La Consejería de Turismo somete a información pública la modificación del Decreto que regula las áreas para autocaravanas

El Gobierno de Cantabria busca ordenar de manera efectiva la creciente demanda y equilibrar el auge de este tipo de turismo con la sostenibilidad y el respeto al entorno natural

Santander- 14.01.2025

La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte somete a información pública la modificación del Decreto de Ordenación de los Campamentos de Turismo y Áreas de Servicio de Autocaravanas en Cantabria.

Según la resolución publicada hoy por el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), hasta el miércoles, 5 de marzo, se podrán presentar las valoraciones y propuestas en base al vigente Decreto 51/2019, de 4 de abril.

Con esta revisión de la normativa de 2019, el Gobierno de Cantabria pretende ordenar y regular de manera efectiva el creciente turismo de autocaravanas en la comunidad autónoma y equilibrar el auge de esta modalidad turística con la sostenibilidad y el respeto al entorno urbano y natural.

Uno de los objetivos es incrementar la capacidad de las áreas de servicio para autocaravanas para dar respuesta a la demanda de esta actividad turística, así como contribuir a evitar una presencia irregular de estos vehículos en lugares no habilitados para ello.

El nuevo ordenamiento también pretende incluir cualquier forma de titularidad y de explotación, tanto privada como pública, ya que la normativa actual limita el régimen de explotación pública.

Finalmente, además de establecer zonas específicas para autocaravanas, se busca garantizar que su uso no interrumpa la vida local ni degrade el paisaje, especialmente en lugares de interés paisajístico y turístico.

Las correspondientes opiniones deberán realizarse por escrito y se dirigirán a la Dirección General de Turismo y Hostelería, ubicada en la calle Albert Einstein, 4, 1ª planta, de Santander, pudiendo ser presentadas en el Registro General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como en los Registros u oficinas establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Igualmente podrán presentarse a través del portal de transparencia en el que se publicará la presente resolución: https://participacion.cantabria.es  

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