Gobierno de España

El TSXG anula el cese de una interina hasta que la Administración provea “de forma legal y reglamentaria” su puesto

La plaza, según explica la Sala, fue convocada en un proceso selectivo, pero no se ha cubierto con ninguno de los aspirantes que lo han superado

Autor
Comunicación Poder Judicial

La sección primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha estimado parcialmente las pretensiones del recurso interpuesto por una interina contra la resolución dictada en octubre de 2022 por el secretario general de la Subdelegación del Gobierno en Ourense por la que se acordaba el cese de la demandante, funcionaria interina de la escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Seguridad Social, en el puesto de médica evaluadora en la dirección provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Ourense.

En consecuencia, el TSXG ha anulado la resolución impugnada por ser contraria al ordenamiento jurídico y ha declarado que procede reponer a la recurrente en el mencionado puesto de trabajo, con todos los derechos profesionales y económicos inherentes hasta que la Administración “provea de forma legal y reglamentaria dicho puesto, con abono de los salarios dejados de percibir desde su cese hasta la efectiva reincorporación, a lo que deben restarse las sumas que se acrediten que haya  podido percibir en ese tiempo intermedio, más los intereses legales que correspondan, y con todos los derechos sociales  que sean propios de aquella declaración de reposición”.

La Sala considera que el cese acordado es contrario al ordenamiento jurídico “porque no se adecúa a las causas recogidas en el artículo 10.3 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) aplicable, por lo que, al ser contrario el cese a dicho precepto, procede acoger la pretensión de reponer a la recurrente en su puesto de trabajo”. La causa del cese fue, según explican los magistrados en la sentencia, la finalización de la causa que dio lugar al nombramiento. “En ese caso subsiste la necesidad de cobertura con funcionario interino de la plaza que continúa vacante, por lo que resultaría contradictorio considerar conforme a Derecho el cese del interino que estaba ocupando el correspondiente puesto”, indican.

En la resolución, los jueces explican que en el proceso selectivo convocado no se ha cubierto la plaza que ocupaba la recurrente con un funcionario de carrera, porque, una vez concluido el proceso selectivo, en la resolución de 2 de septiembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, a ninguno de los aspirantes que lo superó le fue adjudicado el puesto en la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Ourense. La sentencia no es firme, pues cabe presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies