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El TSJ de Asturias desestima conceder la incapacidad permanente a una peluquera con polialgias porque el informe médico refleja ausencia de contracturas o rigidez vertebral

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha desestimado el recurso de una peluquera que reclamaba una incapacidad permanente por padecer polialgias. Ratifica la decisión del Juzgado Social 4 de Oviedo que el 9 de julio de 2024 dictaminó que sus lesiones no afectaban en grado suficiente su capacidad laboral.

La recurrente alegó su impedimento para realizar cualquier actividad laboral, por sedentaria que sea, por sufrir unas dolencias crónicas que repercuten sobre su columna y articulaciones. Apunta concretamente a su profesión de peluquera, ya que por ser autónoma tiene que hacer esfuerzos durante largas jornadas de trabajo.

Ahora, la Sala Social del alto tribunal del Principado fundamenta su decisión de desestimarla demanda en que se parte de un cuadro clínico que no ha resultado probado, de tal forma que no puede prosperar la censura jurídica en base a un relato fáctico que no consta en la sentencia de instancia.

En relación con las dolencias osteoarticulares, los magistrados no consideran acreditada su incidencia invalidante, y destacan la “dinámica espontánea rica, sin alteraciones en la estática corporal, marcha normal, capaz de marcha con punteras y talones y el estado de las rodillas es normal. De la espalda se refleja ausencia de contracturas locales o signos de rigidez vertebral en ninguna de las regiones vertebrales, todo ello con las incidencias en la exploración que se reflejan en el informe médico de síntesis”.

Por último, el tribunal concluye que la trabajadora está afiliada al RETA como autónoma peluquera que trabaja con su marido en un negocio en el que tienen una empleada, por lo que “dadas las facultades organizativas que corresponden a las personas trabajadoras por cuenta propia, nada impide que la empleada asuma las tareas más gravosas para la recurrente”.

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