El Ministerio de Sanidad presenta un documento de preguntas y respuestas sobre el derecho al olvido oncológico
La ministra de Sanidad, Monica García, junto a Su Majestad la Reina Leticia en la presentación del documento de preguntas y respuestas.
La ministra de Sanidad, Mónica García, ha anunciado la publicación de un documento de preguntas y respuestas sobre el derecho al olvido oncológico, con motivo de la celebración del Día Mundial Frente al Cáncer, organizado por la Asociación Española Contra el Cáncer y con la participación de la reina Leticia.
«Varias asociaciones, incluida la Asociación Española contra el Cáncer, nos trasladaron la necesidad de elaborar un documento de preguntas y respuestas frecuentes sobre la aplicación del derecho al olvido oncológico, para ofrecer información clara a pacientes y entidades financieras y aseguradoras», ha explicado la ministra.
El Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, introduce en España el llamado «derecho al olvido oncológico», una medida que busca facilitar el acceso a seguros y productos financieros a personas que han superado un cáncer. El derecho al olvido oncológico permite no tener que declarar haber padecido un cáncer a las personas que lo hayan superado y haya transcurrido 5 años desde la finalización del tratamiento sin recaída, evitando así cualquier tipo de discriminación.
Para ello, el Ministerio de Sanidad creó un grupo de trabajo con la Dirección General de Seguros, la Dirección General de Consumo, la Agencia Española de Protección de Datos y el Ministerio de Sanidad, asegurando un enfoque riguroso y coordinado.
Fruto de ese esfuerzo «ya tenemos listo este documento, que será clave para consolidar este derecho y fortalecer la calidad de vida de los pacientes y supervivientes. Nos encantará compartirlo con las asociaciones para su revisión y ampliación, garantizando que sea un documento vivo y en constante evolución».
El documento recoge las principales dudas y las respuestas dadas por las Administraciones Públicas competentes sobre cuestiones como la contratación de seguros y productos bancarios de los pacientes de patologías oncológicas, una vez transcurrido un determinado período de tiempo desde la finalización del tratamiento sin recaída. Este documento se irá actualizando, a medida que se planteen nuevas preguntas.