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El Departamento de Salud facilitará a notarios y notarias el envío telemático de los documentos de Voluntades Anticipadas al Registro (Consejo de Gobierno 18-02-2025)

  • El Departamento que dirige Alberto Martínez y el Ilustre Colegio Notarial del País Vasco firman un convenio de colaboración para la transmisión telemática al Registro Vasco de los documentos de voluntades anticipadas
  • La cifra de documentos de voluntades anticipadas registradas en Euskadi se sitúa en torno a 62.000, de las cuales más de 11.700 corresponden a 2024, una de las tasas más altas de todo el Estado

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy la suscripción del convenio que establece el marco de colaboración entre el Departamento de Salud y el Ilustre Colegio Notarial del País Vasco, para facilitar al notario o notaria el envío telemático al Registro Vasco de Voluntades Anticipadas de los documentos formalizados por esta vía, así como su sustitución o revocación, cuando la persona otorgante haga constar su voluntad de inscribirlo. En definitiva, el objetivo es facilitar la interconexión con la plataforma informática corporativa del notariado de manera que, a través de ella, los notarios puedan realizar, de forma segura, la transmisión telemática al Registro Vasco de Voluntades Anticipadas.

Desde Euskadi, se ha dado un impulso importante en los últimos años a la elaboración del documento de voluntades anticipadas, mediante el cual una persona mayor de edad, capaz y libre, manifiesta anticipadamente su voluntad sobre los cuidados y tratamientos de su salud o sobre el destino de su cuerpo o de sus órganos una vez llegado el fallecimiento.

Con la creación del Registro Vasco de Voluntades Anticipadas, en 2004, se establece que las personas otorgantes voluntariamente podrán inscribir el otorgamiento, la modificación, la sustitución y la revocación de los documentos de voluntades anticipadas el ámbito de la sanidad.

De hecho, la cifra de documentos de voluntades anticipadas registradas en Euskadi se sitúa en torno a 62.000, de las cuales más de 11.700 corresponden a 2024. La tasa de inscripciones en Euskadi es de 27,7 por cada 1.000 habitantes, una de las más altas de todo el Estado, por detrás de Navarra. La media en el Estado es de 11,5 por 1.000 habitantes.

El documento de voluntades anticipadas puede ser formalizado por el notario o notaria, la persona encargada del Registro Vasco de Voluntades Anticipadas, el personal médico y de enfermería autorizado o bien ante tres personas testigos.

En el caso de los documentos de voluntades anticipadas formalizados ante notario o notaria, la persona interesada podrá solicitar a la propia oficina notarial que el otorgamiento sea remitido por medios electrónicos para su inscripción en el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas.

La vigencia del presente convenio será de cuatro años desde el día de su firma. Se podrá acordar unánimemente la prórroga expresa por un periodo de hasta cuatro años adicionales.

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