Noticias del País Vasco

El Consejo de Gobierno amplía el plazo para la ejecución de proyectos de la Fundación HAZI en el plan de recuperación, transformación y resiliencia de la UE – Next Generation (Consejo de Gobierno 25-02-2025)

  • Hasta el 30 de junio de 2026; una subvención de 925.641 euros
  • Proyecto de bioeconomía en municipios con especiales dificultades demográficas para incentivar su desarrollo económico y social

El Consejo de Gobierno ha ampliado hasta el 30 de junio de 2026 el plazo máximo para la ejecución de las actuaciones comprendidas en subvención directa otorgada a la Fundación Hazi para la ejecución de varios proyectos en el marco del plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea – Next Generation.

El Consejo de Gobierno ha acordado modificar la referencia “Hitos y objetivos” del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 5 de diciembre de 2023 por el que se concedía a la Fundación Hazi Fundazioa una subvención directa de 925.641 euros para la ejecución del proyecto de bioeconomía a desarrollar en municipios con especiales dificultades demográficas para incentivar su desarrollo económico y social.

Esa subvención estaba incluida en la Inversión relativa a gestión forestal sostenible y preveía un  plazo máximo para la ejecución de las actuaciones hasta el 31 de mayo de 2026 que ahora finalizará el 30 de junio de 2026.

El Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Reto Demográfico de 17 enero de 2024, por el que se modifican y actualizan determinados aspectos relativos al Acuerdo por el que se adopta el marco general de cooperación y los criterios para la distribución de los créditos consignados para financiar actuaciones de bioeconomía a desarrollar en municipios con especiales dificultades demográficas y que permitan incentivar su desarrollo económico y social, en el marco del Plan de Recuperación, transformación y Resiliencia”, ha ampliado el plazo de ejecución de las actuaciones que deberán concluir a más tardar el 30 de junio de 2026.

Por ello, se modifica tal extremo teniendo en cuenta que tal y como establece el Acuerdo que: “la fecha de finalización de las actuaciones debe permitir la completa remisión de la información y pruebas documentales requeridas para su inclusión dentro del PRTR así como para la remisión e incorporación completa de la documentación necesaria para verificar y acreditar el cumplimiento de los objetivos, considerando por tanto el periodo necesario para asegurar la capacidad para llevar a cabo la justificación y la acreditación por el órgano competente del cumplimiento del hito u objetivo.”

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies