Un agente de la Policía Local de Cangas de Onís admite un delito de acoso sexual a una compañera y acepta el pago de un multa y una medida de alejamiento
El condenado indemnizará también a la víctima en concepto de responsabilidad civil con 3.000 euros por los daños y perjuicios morales causados
- Autor
- Comunicación Poder Judicial
Un agente de la Policía Local de Cangas de Onís ha admitido ante el Juzgado de lo penal nº 1 de Oviedo un delito de acoso sexual a una compañera, por el que abonará una multa, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y no podrá acercarse ni comunicarse con ella durante 1 año, 6 meses y 1 día.
En el momento de los hechos, el acusado era agente titular de la Policía Local de Cangas Onís. Por su parte, la víctima había sido agente auxiliar y, posteriormente, interina del mismo cuerpo. El acusado, encontrándose de servicio y durante el desarrollo de su función, aprovechando la oportunidad que le brindaba compartir turno laboral con ella, y según la Fiscalía guiado por un ánimo libidinoso y sin respetar la voluntad contraria de la mujer, le impuso distintas conductas, de inequívoco contenido sexual.
El 29 de mayo de 2020, entre las 1:00 y las 3:00 horas, entre el cementerio y el campo de tiro de Cangas de Onís, a bordo ambos de un vehículo policial y de patrulla, el acusado, mientras conducía, le tocó el muslo izquierdo durante unos minutos, al tiempo que le contaba aventuras íntimas que había tenido con mujeres, conducta que duró hasta que la mujer interpuso el brazo antes de que alcanzase la ingle. Después, el acusado aparcó en las inmediaciones del campo de tiro, ambos salieron del vehículo y, estando ella apoyada en el mismo, el acusado la acorraló contra él, restregándose, mientras le relataba cómo cortejaba a mujeres y lo que hacía con ellas.
El hombre ha admitido que, además, en un turno de noche de finales de octubre de 2020, en la Jefatura de Policía, el acusado se le acercó por detrás mientras la denunciante usaba un ordenador, diciéndole: “bueno, ya te dejo sola para que veas porno tranquila” y le dio dos besos en la cabeza. Asimismo, en el turno de noche del 6 de noviembre de 2020, sobre las 1:30 horas, el acusado le dijo: “pero cómo me pones, es que esas cejas, cómo me ponen”. Después, la agarró por detrás y la abrazó con fuerza, dándole un beso en la sien, y le pidió que le imprimiese un documento, respondiendo ella afirmativamente, intentando levantarse. Entonces, el acusado la soltó y le dio otro beso en el mismo lugar. Posteriormente, sobre las 5:30 horas de ese mismo turno, el acusado le pidió que se sentase en una silla del comedor de la Jefatura de Policía, sentándose él encima de ella, quedando cara a cara, y le dijo: “¿qué piensas, que quiero liarme contigo, qué crees, eso?”, “pero a ver ¿cuántos años tienes? dime ¿cuántos? ¿Te crees que me quiero liar contigo?”. Ella negó con la cabeza y le respondió que tenía 26 años, todo ello sin que el acusado apartarse su rostro de su confrontación con el suyo. A continuación, el acusado se levantó de sus piernas y le dijo: “tira para casa, anda”.
Tales conductas provocaron en la mujer un profundo malestar, angustia, ansiedad y trastornos en el sueño, llegando a acudir a consulta en la unidad de salud mental, donde se le diagnosticó una reacción de ansiedad. Se le prescribió la baja médica el 23 de noviembre de 2020, no constando la fecha de alta, y poniendo los hechos en conocimiento del jefe de la Policía Local y posteriormente ante la Guardia Civil.
Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito de acoso sexual del artículo 184 del Código Penal. Tras reconocer los hechos, el acusado asumió una condena de multa de 6 meses, a 10 euros diarios, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago; y prohibición de acudir al domicilio de la víctima, su lugar de trabajo o cualquier otro frecuentado por la misma, así como aproximarse a ella a menos de 200 metros y comunicar con ella por cualquier medio, todo ello durante 1 año, 6 meses y 1 día. En concepto de responsabilidad civil, el acusado indemnizará a la mujer con 3.000 euros por los daños y perjuicios morales causados, más los intereses legales correspondientes.