El Consejo de Gobierno autoriza la modificación de los estatutos de la Fundación Elika para la Seguridad Agroalimentaria relativos a la composición de su Patronato (Consejo de Gobierno 28-01-2025)
El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca, el Consejo de Gobierno, ha autorizado a las personas representantes en el Patronato de la Fundación Elika Nekazaritzako Elikagaien Segurtasunarako Euskal Fundazioa-Elika Fundación Vasca para la Seguridad Agroalimentaria, cuya designación corresponda a entidades componentes del sector público, a prestar su conformidad para la modificación del artículo 8 de los estatutos relativo a la composición del Patronato.
Ese Patronato estará constituido por un número mínimo de nueve (9) personas y un máximo de catorce (14) personas. Las personas que integren el Patronato están obligados a mantener dicho órgano con el número de personas mínimo establecido, que no podrá ser inferior a nueve.
Podrán formar parte del Patronato tanto las personas físicas como las jurídicas. Las personas físicas que integren el Patronato deberán tener plena capacidad de obrar y no estar inhabilitadas para el ejercicio de cargos públicos. Las personas jurídicas miembros del Patronato deberán designar a la persona o personas físicas que les representen en dicho órgano.
El Patronato estará compuesto por los siguientes cargos: Presidente o la Presidenta; Secretario o la Secretaria (En caso de que no sea miembro del Patronato de la Fundación, y por tanto tenga voz, pero no voto, ha de indicarse expresamente); Tesorero o Tesorera (Opcional). Vicepresidente o Vicepresidenta. (Opcional); y Vocales.