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El Tribunal Supremo desestima el recurso de varios ayuntamientos contra la clausura por el Consejo de Ministros del tramo ferroviario Tarancón-Utiel de la línea Aranjuez-Valencia

El tribunal destaca que la parte recurrente se ha limitado a alegar la supuesta ilegalidad del acto recurrido sin aportar elementos probatorios concretos

Autor
Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por una decena de ayuntamientos contra el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 21 de febrero de 2023, por el que se acuerda la clausura del tramo ferroviario Tarancón-Utiel de la línea 03-310 Aranjuez – Valencia Fuente de San Luis, que se confirma por no ser disconforme a derecho.

El tribunal destaca que la parte recurrente se ha limitado a alegar la supuesta ilegalidad del acto recurrido sin aportar elementos probatorios concretos que acrediten la arbitrariedad o la vulneración de derechos, por lo que no existe fundamento legal que justifique su anulación.

En relación a la rentabilidad económica, la sentencia recoge el informe de la empresa estatal INECO que describe el estado actual de la línea evidenciando el débil tráfico que soporta la infraestructura y señala su estado de conservación deficiente, con limitaciones significativas de velocidad debido al deterioro acumulado. Asimismo, se analiza la disminución de población en las zonas afectadas desde 2009 y la constante caída de la demanda de usuarios.

Dicho documento añade, según explica el Supremo, que la línea no alcanza los umbrales mínimos establecidos en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2017, especialmente en cuanto a la ratio de compensación por viajero y recurrencia.

Respecto a la justificación social del cierre de la línea, la sentencia explica que no deriva del informe de INECO, sino en especial del Protocolo General de Actuación para el desarrollo de un proyecto integral de movilidad, desarrollo territorial y transformación urbana en la provincia de Cuenca, asociado al cambio de uso del tramo Tarancón Utiel de la línea entre Aranjuez y Valencia Fuente de San Luis, de  fecha de 9 de marzo de 2022, suscrito por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Junta de Comunidades de Castilla–La Mancha, la Diputación Provincial de Cuenca, el Ayuntamiento de Cuenca y ADIF, y que fue objeto de publicación en el Boletín Oficial del Estado el día 25 de mayo de 2022.

La Sala destaca que se trata de un acuerdo consensuado fruto de la colaboración y cooperación entre diversas Administraciones Públicas, todas ellas afectadas por la decisión final de cierre.

El tribunal concluye que del análisis de las alegaciones formuladas en el periodo de consulta por diversas Corporaciones representativas de los intereses de sus respectivas poblaciones, así como del contenido del Protocolo de Actuación mencionado, se desprende que el Consejo de Ministros ha dispuesto de la información suficiente para poder adoptar la decisión de la clausura del tramo ferroviario Tarancon-Utiel, desde la perspectiva de la valoración del interés social.

Así, del examen del Protocolo se infieren varios aspectos sociales positivos relacionados con las propuestas de actuación tras la clausura de la línea ferroviaria Aranjuez-Cuenca-Utiel. Estos incluyen mejoras en la movilidad regional incrementando los servicios ferroviarios AVANT en la línea de alta velocidad Madrid-Cuenca-Albacete, y extensión de servicios alternativos de transporte público en las localidades afectadas.

Además, el acuerdo busca adecuar, según explica la resolución, el tramo Tarancón-Utiel de la línea de ferrocarril convencional a un uso distinto que permita obtener un valor sostenible, tanto de su configuración  como de su ubicación territorial y de sus valores ambientales, sociales y culturales realizando diversas actuaciones. Entre los actos previstos incluyen la conversión en una “vía verde” destinada a peatones y ciclistas, o cualquier otro uso alternativo que pueda determinarse a nivel local, y se prevé promover la generación de riqueza y la creación de nuevas actividades económicas en torno a esta infraestructura,  la puesta en valor de los apeaderos históricos, la integración urbana de suelos ferroviarios desafectados en varios  municipios y la creación de una vía de comunicación urbana en una parte del tramo afectado.

A juicio de esta Sala, estas medidas buscan transformar el impacto de la clausura en oportunidades para el desarrollo social  y económico de la región, lo que justifica el cierre de la vía de ferrocarril  desde la perspectiva de la rentabilidad no solo económica, sino también, y en especial, social.

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