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Ayudas del Gobierno para paliar los efectos de la DANA: ¿cuáles son y quién las puede solicitar?

Ayudas del Gobierno para paliar los efectos de la DANA

A partir del 28 de octubre, una DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos) provocó lluvias que llegaron a superar los 600 litros por metro cuadrado en algunas zonas de la Comunitat Valenciana, Castilla-La Mancha, Andalucía, Cataluña y, en menor medida, en Illes Balears y Aragón. Estas precipitaciones provocaron inundaciones y destrozos en todo tipo de infraestructuras, carreteras, ferrocarriles, puentes, viviendas y vehículos, así como más de 220 víctimas mortales y numerosos desaparecidos.

¿Cuáles son las zonas más afectadas?

Un total de 78 municipios valencianos, castellanomanchegos y andaluces han sido especialmente afectados por la DANA. Entre ellos destacan:

  • En la provincia de Valencia: la zona de Utiel-Requena, l’Horta Sud, la Ribera Alta y Baja y la Comarca de los Serranos.
  • En la provincia de Albacete: el municipio de Letur.
  • En la provincia de Cuenca: el municipio de Mira.
  • En la Comunidad Autónoma de Andalucía: diversos puntos de las provincias de Málaga, Almería, Granada, Sevilla, Huelva y Cádiz.

Medidas urgentes del Gobierno para reconstruir y relanzar las zonas afectadas por la DANA

El Gobierno adoptó medidas de respuesta inmediata para salvar vidas, identificar víctimas y garantizar los suministros básicos y la seguridad. Además, y dada la dimensión y magnitud de esta catástrofe natural, el primer Consejo de Ministros tras la DANA, celebrado el 5 de noviembre, acordó:

  • Declarar zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil las comunidades de Comunitat Valenciana, Castilla-La Mancha, Andalucía, Illes Balears y Aragón. Esta declaración le permite actuar de forma urgente para atender a la población afectada y agilizar su implantación.
  • Aprobar el Real Decreto-ley de medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la DANA, que recoge medidas complementarias a las contempladas en la declaración anterior.

Posteriormente, el Consejo de Ministros celebrado el 11 de noviembre acordó:

  • Aprobar el Real Decreto-ley de medidas urgentes para el Impulso del Plan de Respuesta Inmediata, Reconstrucción y Relanzamiento frente a los daños causados por la DANA, con 110 medidas adicionales.

Continuando esa línea, el Consejo de Ministros del 28 de noviembre acordó:

  • Aprobar el Real Decreto-ley de medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de Respuesta Inmediata, Reconstrucción y Relanzamiento frente a los daños causados por la DANA.

¿A quién van dirigidas las medidas contempladas en los acuerdos?

En términos generales, a las personas físicas y entidades públicas o privadas que hayan sufrido daños en sus bienes o derechos como consecuencia directa o indirecta de la DANA, en los municipios incluidos en los reales decretos leyes, siempre que resulten acreditados de acuerdo con lo que se establezca en las disposiciones, convenios o cualesquiera otros instrumentos que se formalicen por las Administraciones Públicas.

¿Qué ayudas se han aprobado para los hogares y las familias?

1. Ayudas directas

El Real Decreto-ley cuadruplica las ayudas previstas en la normativa vigente para atender a las necesidades derivadas de situaciones de emergencia o catástrofes. Se trata de transferencias directas del Gobierno a los ciudadanos que han sufrido las consecuencias de la DANA y que no hay que devolver.

  • Por fallecimiento e incapacidad.
  • Por destrucción total de la vivienda.
  • Por daños que afecten a la estructura de la vivienda.
  • Por daños que no afecten a la estructura de la vivienda.
  • Por daños en elementos comunes de una comunidad de vecinos.
  • En el caso de los enseres de primera necesidad, incluidos muebles, electrodomésticos y todo lo que hace habitable la vivienda.
  • Para la compra de vehículos. Son subvenciones para la sustitución de vehículos siniestrados como consecuencia de la DANA. Las cantidades varían según la etiqueta del vehículo, su categoría y su condición.

  • Para estudiantes universitarios o de enseñanzas artísticas superiores afectados por la DANA. Las ayudas son de 600 euros por estudiante, destinadas a la reposición de material de estudio.

2. Beneficios fiscales

  • Los afectados no tendrán que pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) correspondiente al ejercicio 2024.
  • No pagarán tasas de Tráfico quienes tengan que tramitar la baja de vehículos dañados o sustituir sus carnets de conducir perdidos o dañados.
  • No se pagará el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por las ayudas que reciban quienes hayan sufrido daños personales.
  • Los ciudadanos de las zonas afectadas podrán retrasar tres meses el periodo de pago voluntario del segundo pago del IRPF, hasta el 5 de febrero de 2025.

3. Aumento de prestaciones

  • Unos 33.000 hogares beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital o los perceptores de pensiones no contributivas de las zonas afectadas por la DANA verán incrementada un 15% la cuantía de la prestación durante tres meses (de noviembre a enero 2025).
  • El Complemento de Ayuda Para la Infancia (CAPI) del IMV se ampliará en un 30% durante los próximos tres meses.

4. Garantía de suministros básicos y aplazamiento de facturas

  • Se prohíben los cortes de energía eléctrica y gas a los hogares afectados por la DANA.
  • Se permite, sin coste para el consumidor, la modificación y suspensión temporal de los contratos de suministro y el aplazamiento de las facturas de electricidad y gas.
  • Los operadores de telecomunicaciones tendrán que compensar a sus clientes por los servicios que no han recibido durante la catástrofe.

Más información sobre las cuantías, los plazos y la forma de presentación de las ayudas para hogares.

¿Qué ayudas se destinan a los trabajadores y los autónomos?

1. Principales ayudas para los autónomos

  • Ayuda directa: Los autónomos de las zonas afectadas pueden solicitar una transferencia directa de 5.000 euros, que no tendrán que devolver.
  • Cese de actividad total: Los autónomos con negocios afectados podrán solicitar una prestación por cese de actividad que corresponderá al 70% de su base de cotización, aunque no hayan cumplido los 12 meses mínimos exigidos por ley para acceder a ella.
  • Cese de actividad parcial: Los autónomos que se acojan a esta prestación podrán compatibilizar su actividad durante tres meses con el cobro de una prestación equivalente al 50% de su base de cotización.
  • Ayudas directas para la compra de vehículos. Son subvenciones para la sustitución de vehículos siniestrados como consecuencia de la DANA. Las cantidades varían según la etiqueta del vehículo, su categoría y su condición.

2. Medidas de protección social

Además, se han puesto en marcha ayudas de protección social para los trabajadores suspendidos por empresas que han tenido que parar la actividad en los municipios afectados por la DANA, o bien han visto su actividad severamente dañada por la catástrofe a pesar de no estar localizadas en los municipios afectados. Las principales son:

  • Mejora en el tratamiento de las bajas: los procesos de incapacidad temporal iniciados como consecuencia de la DANA en los municipios afectados se considerarán accidente de trabajo, y sin exigencia de periodo mínimo previo de cotización. Las pensiones de incapacidad permanente, muerte y supervivencia que sean consecuencia de la DANA en los municipios afectados se calcularán también como si fueran consecuencia de accidente de trabajo.
  • Acceso especial a la protección por desempleo para empleadas de hogar: Podrán acogerse a las medidas de protección por causas relacionadas con la DANA con una cobertura equivalente a la del resto de trabajadores, aunque no tengan el periodo mínimo cotizado.

¿Qué ayudas se han aprobado para el sector privado?

1. Ayudas directas

  • Son ayudas cuya cuantía depende de la facturación de la empresa y que no hay que devolver.
  • Además, se han puesto en marcha ayudas por daños en establecimientos industriales, mercantiles y de servicios.
  • También hay ayudas directas para la compra de vehículos. Son subvenciones para la sustitución de vehículos siniestrados como consecuencia de la DANA. Las cantidades varían según la etiqueta del vehículo, su categoría y su condición.

2. Mejora en el acceso a los ERTE

Podrán acogerse a los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) las empresas que hayan suspendido su actividad por estar localizadas en los municipios afectados por la DANA y también aquellas que la hayan visto severamente dañada por la catástrofe, a pesar de no estar localizadas en esas zonas.

  • Se simplifica la tramitación de los ERTE de Fuerza Mayor.
  • Las cotizaciones de las empresas y de los trabajadores acogidos a ERTE estarán exoneradas en un 100% hasta febrero de 2025.
  • No habrá requisitos de cotización previa (periodo de carencia) para acceder a esta cobertura, que no consumirá prestaciones por desempleo a efectos de prestaciones futuras.

3. Apoyo al sector agrario

  • Ayudas directas de 200 millones de euros para explotaciones agrarias que hayan sufrido disminución de renta, daños que les impidan realizar la siguiente campaña con normalidad o unas pérdidas de su potencial productivo superiores al 40%. Son transferencias que no hay que devolver.
  • Ejecución de un programa de 170 millones de euros dirigido a limpiar y reparar infraestructuras agrarias como caminos, bancales y sistemas de regadío. Esta inversión se complementa con 10 millones de euros para la renovación de maquinaria agraria dañada.
  • Creación de una nueva línea de créditos y avales bonificados ICO-MAPA-SAECA, con un presupuesto de 60 millones de euros.

4. Apoyo al sector cultural

  • Transferencias directas del Estado que no hay que devolver dirigidas a los cines y a las librerías afectadas por la catástrofe.
  • Transferencias directas del Estado que no hay que devolver para entidades de artes escénicas y musicales, de 25.000 euros por entidad, para sufragar los gastos de funcionamiento para la recuperación de la actividad realizados desde el 28 de octubre de 2024 al 31 de diciembre de 2025.

5. Apoyo al deporte

  • Transferencias directas del Estado a entidades propietarias de infraestructuras, equipamientos o instalaciones deportivas ubicadas en los municipios afectados por la DANA que no habrá que devolver, de un importe máximo de 100.000 euros.

6. Apoyo a la internacionalización de las empresas

  • Ayudas para fomentar la internacionalización de empresas con sede en municipios afectados por la DANA.

Más información sobre las cuantías, plazos y forma de presentación de las solicitudes de las ayudas para el sector privado.

¿Qué otras medidas de apoyo en los territorios más afectados ha puesto en marcha el Ejecutivo?

  • Línea de avales del ICO: los hogares, los autónomos y las empresas pueden beneficiarse de una línea de avales del ICO para acceder a préstamos en mejores condiciones hasta diciembre 2025. Esta línea facilita también el cobro de anticipos en base a las solicitudes de indemnización al Consorcio de Compensación de Seguros. Está dotada con 5.000 millones de euros.
  • Indemnizaciones por vehículos y otros bienes asegurados: se trata de compensaciones directas del Consorcio de Compensación de Seguros por la pérdida de bienes causada por la DANA.
  • Moratoria en préstamos e hipotecas: los hogares y empresas que tengan una hipoteca o un préstamo al consumo podrán posponer el pago íntegro de sus créditos durante tres meses y pagar solo los intereses durante nueve meses más. Además, se extiende el Código de Buenas Prácticas para que los hogares golpeados por la DANA puedan congelar sus hipotecas durante un plazo adicional, una vez pasados los 12 meses ya recogidos en el primer real decreto ley.
  • Beneficios fiscales para autónomos y empresas:

IRPF: Se aplaza, de forma automática, hasta 2025 el segundo pago de IRPF para quienes vivan en los municipios afectos por la DANA.

IBI: Los afectados no tendrán que pagar el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) correspondiente al ejercicio 2024

IAE: Se aplicará a los afectados una reducción del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) correspondiente a 2024.

Declaraciones tributarias: Se extiende hasta el 30 de enero de 2025 el plazo para presentar las declaraciones y autoliquidaciones tributarias cuyo vencimiento se encuentre entre el 28 de octubre y el 31 de diciembre de 2024. Además, se puede solicitar un aplazamiento especial de pago.

Autónomos y empresas que tributan en régimen de módulos: Tendrán una reducción del 25% en el IRPF y en el IVA. También podrán renunciar excepcionalmente a aplicar el régimen de módulos y tributar en el régimen de estimación directa simplificada.

  • Flexibilización de obligaciones con la Seguridad Social: se dan facilidades en los pagos a la Seguridad Social, con la suspensión y ampliación de plazos, así como para solicitar bajas y variaciones de datos de trabajadores a la Seguridad Social.
  • Facilidades de financiación. Hay una dirigida a las pymes y dos con una orientación sectorial. El Mecanismo REINICIA+ FEPYME DANA ofrece financiación a tipo cero con una parte no reembolsable para pequeñas y medianas empresas de las zonas afectadas por la DANA. Por su parte, el REINICIA+ FAIIP DANA consiste en préstamos a tipo cero para empresas industriales de las zonas afectadas por la DANA o que vayan a realizar nuevas inversiones en estas zonas, y el REINICIA+ FOCIT DANA ofrece préstamos a tipo cero para empresas y autónomos titulares de establecimientos turísticos de esas zonas.

Más información sobre las cuantías, plazos y forma de presentación de las solicitudes en ayudas de INFO-DANA.

¿Cómo va a apoyar el Gobierno a las corporaciones locales afectadas?

El Estado financiará el 100% de los gastos de emergencia de los ayuntamientos para suministro de agua potable, evacuación, retirada de lodos, alojamiento y alimentación de afectados y limpieza de vías, incluida la retirada de enseres inservibles.

Además, el Estado podrá subvencionar hasta el 50% del coste que tengan que realizar las entidades locales afectadas para reparar infraestructuras, instalaciones y servicios.

Por otra parte, para aliviar la situación presupuestaria de los municipios afectados, el Estado compensará a los ayuntamientos por las pérdidas de ingresos que sufrirán tras aplicar beneficios fiscales en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Así, no verán mermados sus recursos.

Además, se posibilita el destino del superávit de las entidades locales para financiar inversiones de reparación de daños, que tendrán la consideración de financieramente sostenibles.

Las corporaciones locales también podrán financiar con cargo al Fondo de Financiación a Entidades Locales en 2024 y 2025 las actuaciones realizadas para paliar los daños de la DANA.

En materia social, los acuerdos también incluyen ayudas destinadas a financiar actuaciones contra la violencia de género, como la reconstrucción de recursos municipales destinados a la atención de las víctimas de violencia contra las mujeres, la cobertura de costes de alojamiento temporal o la contratación de equipos de personal especializado.

Otras ayudas están destinadas a financiar medidas de protección y prestaciones básicas en infancia, adolescencia y juventud. Son actuaciones de respuesta inmediata a menores en situación de desamparo, programas de atención psicosocial, actuaciones de emergencia sobre recursos residenciales para menores, iniciativas para garantizar los cuidados o de ayuda a las familias acogedoras o entidades sociales, entre otras.

Adicionalmente, se contemplan ayudas para financiar necesidades inmediatas de los servicios sociales municipales en atención a la población afectada en situación de vulnerabilidad.

También hay ayudas dirigidas a financiar actuaciones para las personas con discapacidad afectadas, como la adquisición de material ortésico y ortoprotésico, medios de apoyo a la comunicación oral, productos de apoyo para la autonomía personal y elementos de transporte accesible individual.

Más información sobre las ayudas para ayuntamientos.

Oficinas y teléfonos para atender ayudas relacionadas con la DANA

El Gobierno ha puesto en marcha oficinas especiales en las zonas afectadas por la DANA para facilitar la tramitación de ayudas para los afectados. En estas oficinas, entre las que se encuentran puntos de atención de la Guardia Civil, la Policía Nacional, la Agencia Tributaria y Correos, los ciudadanos pueden gestionar solicitudes de ayuda, recibir información sobre las medidas tributarias disponibles y acceder a servicios de oficinas móviles. En la sección de Info DANA se ha habilitado un mapa para localizar la oficina más cercana y obtener asistencia rápida y personalizada.

Además, para ofrecer información y asistir a los afectados en la solicitud de ayudas, se han habilitado los siguientes teléfonos.

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