Condenan al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha a indemnizar a un paciente por la amputación sufrida en una pierna tras extirparle un tumor en el abdomen
El TSJ de Castilla-La Mancha reconoce la responsabilidad del equipo de urólogos por dejar sin riego sanguíneo a la pierna durante más de tres horas
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- Comunicación Poder Judicial
El TSJCLM ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por un paciente a causa de los daños sufridos tras una intervención quirúrgica realizada en el Hospital Universitario de Albacete el 3 de julio de 2015 y condena al el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) a abonarle 284.769,87 euros más los intereses legales.
El conflicto surge a raíz de extirparle un tumor retroperitoneal; tras diversos problemas con la arteria ilíaca y con el bypass arterial que se le implantó al paciente, tuvieron que amputarle la pierna por encima de la rodilla por isquemia irreversible derivada de dos trombosis sucesivas. La sentencia de instancia rechazó que hubiera infracción alguna de la lex artis ni ausencia del consentimiento informado.
En su apelación, el recurrente alegó, además de infracción de la lex artis, que no se hubiera planificado de forma multidisciplinar la operación, la ausencia de un cirujano vascular durante todo el proceso y que los urólogos tratasen de reparar por sí mismos los problemas vasculares, provocando que la pierna quedara sin riego sanguíneo durante más de tres horas.
La Sala de lo Contencioso coincide con la sentencia de instancia en que el planteamiento realizado por el demandante llevaría necesaria la presencia de un cirujano vascular en casi todas las operaciones, pues venas y arterias son elementos inevitablemente afectados en múltiples tipos de intervención. Por ello, el tribunal no considera acreditado que el facultativo tuviera que adelantarse al inicio de la operación. “La competencia exclusiva del urólogo para la resección y separación del tumor; y la experiencia sobrada del equipo en el tratamiento de problemas vasculares asociados a su disciplina, abonan dicha solución”, añade la Sala.
No obstante, el tribunal añade que los urólogos tienen capacidad para abordar los problemas arteriales siempre que no tengan un grado de complejidad tal que exijan la llamada al cirujano vascular y dejar una pierna sin irrigación más de dos horas constituye una mala praxis. “Parece claro que en este caso -continúa- dadas las características del miembro y el tiempo que puede estar sin irrigación, se tardó un tiempo notablemente superior al adecuado, según la lex artis, en llamar al cirujano vascular, lo cual provocó la imposibilidad de recuperar la pierna”.
Por último, sobre la solicitud de indemnización, la Sala de lo Contencioso dictamina una cantidad total de 284.769,87 euros desglosada en: 126.311,82 euros por puntos “no estéticos”; 30.206,4 euros por “puntos estéticos”; 15.215’59 euros por 199 días de baja sin hospitalización y 50 días de hospitalización; corrección por incapacidad permanente de 95.862,68 euros; otra por ingresos del perjudicado en un 10% de la indemnización por secuelas y baja laboral de 17.173,38 euros.