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LOS AYUNTAMIENTOS DE BILBAO, SONDIKA Y ERANDIO APRUEBAN INICIALMENTE UN CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA ORDENACIÓN URBANA DE ARTXANDA

LOS AYUNTAMIENTOS DE BILBAO, SONDIKA Y ERANDIO APRUEBAN INICIALMENTE UN CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA ORDENACIÓN URBANA DE ARTXANDA

  • El carácter supramunicipal del entorno y la necesaria recuperación ambiental de determinadas zonas hace necesario un acuerdo y una acción conjunta y coordinada entre los tres municipios.
  • En virtud del convenio, que se publicará en los próximos días en el BOB y estará sometido a Información Pública durante 20 días hábiles, se abordará la tramitación de cinco planes de ordenación: un Plan Especial Supramunicipal; un Plan de Compatibilización del Área Central de Artxanda, entre Sondika y Bilbao –con sendos Planes Especiales de desarrollo para Sondika y para Bilbao–; y, un Plan de Compatibilización en Suelos de Remediación y Recuperación Ambiental.
  • El acuerdo determina que sea el Ayuntamiento de Bilbao el gestor principal de la tramitación, al ubicarse en su municipio la mayor parte de la superficie a planificar.

Los Ayuntamientos de Bilbao, Sondika y Erandio han llegado a un acuerdo de acción conjunta y coordinada de cara a la ordenación urbana de Artxanda, que incluya su recuperación ambiental.

Así, los tres municipios han aprobado inicialmente y dado a conocer hoy un convenio cuyo objetivo es el de establecer el marco de colaboración para la ordenación urbana del entorno por medio de la elaboración de diferentes instrumentos de planeamiento.

Así lo han explicado esta mañana, por parte de Bilbao el concejal de Planificación Urbana, Proyectos Estratégicos y Espacio Público, Asier Abaunza; por Sondika, su alcaldesa Naia Landa; y, por Erandio, Arantza Rebolleda, concejala del Área de Territorio, Urbanismo, Cambio Climático y Medio Ambiente.

El acuerdo, que se publicará en los próximos días en el BOB y estará sometido a Información Pública durante 20 días hábiles, determina que sea el Ayuntamiento de Bilbao el gestor principal de la tramitación al ubicarse, en su municipio, la mayor parte de la superficie afectada y siendo, además, de su propiedad, algunas parcelas pertenecientes a Sondika.

ANTECEDENTES Y NUEVOS PLANES

En marzo de 2021 los Ayuntamientos de Bilbao y Sondika firmaron el Convenio de Colaboración para el Desarrollo del Plan de Activación de Artxanda, para la puesta en marcha del desarrollo de una estrategia conjunta de dinamización y reactivación del entorno.

No es el único plan referido a Artxanda en vigor o en revisión actualmente. De hecho, en materia de ordenación territorial, se encuentra en periodo de tramitación la revisión del Plan Territorial Parcial del Bilbao Metropolitano (PTPBM); plan aprobado originalmente en septiembre de 2006 y que ya define una operación estratégica bajo la denominación de Parque Metropolitano de Artxanda.

En la revisión del PTPBM se plantea que el carácter supramunicipal del Área Central de Artxanda y su entorno justifica la elaboración y tramitación de un Plan de Compatibilización del Área Central y un Plan Especial Supramunicipal –además de Planes Especiales de desarrollo de las zonas urbanas, uno por cada municipio–.

Pero el PTPBM va más allá, y del mismo modo explicita que la recuperación medioambiental es una cuestión clave en la acción de las diferentes administraciones municipales. Es por ello que  se marca como tercer objetivo la aprobación de un Plan de Compatibilización en Suelos de Remediación y Recuperación Ambiental. En esta última cuestión, los terrenos a tener en cuenta son 257.603 metros cuadrados de suelo del antiguo basurero de Artxanda y su entorno, de los cuales el 78,60 % corresponden a Bilbao, el 14,99 % a Sondika y el 6,41 % a Erandio.

Los objetivos principales que se plantean las administraciones locales son, por un lado, dinamizar el Área Central de Artxanda como zona de esparcimiento y, por otro, mejorar sus condiciones y cualidades de espacio de ocio y disfrute de conformidad con los siguientes criterios:

  • Mejora de su conexión con su entorno territorial.
  • Mantenimiento del equilibrio adecuado entre los usos de ocio y los usos naturales.
  • Incentivación y consecución de una movilidad más amable, pacificando la carretera BI-3752 en su zona central.
  • Desarrollo de zonas verdes continuas y de calidad.
  • Fomento de la actividad de ocio.
  • Determinación de las medidas adecuadas para la reutilización de edificios existentes.
  • Incentivar el destino fundamentalmente equipamental del entorno de ocio y esparcimiento de Artxanda y determinar las medidas adecuadas para ello.
  • Integrar y ordenar urbanísticamente las actuaciones que se puedan desarrollar en los proyectos de remediación y recuperación ambiental de Artxanda.

Es por ello, que los tres Ayuntamientos suscriben este convenio que permita el desarrollo de una ordenación territorial y urbanística del entorno que se ajuste a las necesidades de intervención y planificación de la realidad física actual y futura.

GASTOS, SEGUIMIENTO Y VIGENCIA

En virtud del convenio firmado, el Ayuntamiento de Bilbao asumirá la parte de los gastos proporcional a la superficie incluida en su término municipal, así como a la superficie de las parcelas sitas en el término de Sondika que sean de su titularidad; mientras que Erandio y Sondika asumirán la parte proporcional de la superficie incluida en su término municipal –en el caso de Sondika salvo la superficie correspondiente a las parcelas que son de propiedad de Bilbao-.

Para la debida coordinación y colaboración en la tramitación y elaboración de los diferentes planes, se constituirá una Comisión de Seguimiento y Control, que supervisará el cumplimiento de convenio, resolverá los problemas de interpretación que puedan plantearse en su aplicación y formulará propuestas de acuerdos adicionales, etcétera. Esta comisión estará compuesta por dos representantes de cada una de las instituciones firmantes.

Durante la fase de información pública de cada instrumento, las alegaciones o escritos podrán ser presentados indistintamente ante cualquiera de las tres administraciones municipales implicadas. Y el informe o dictamen de los Consejos Asesores de Planeamiento Municipal necesarios, serán remitidos a los otros Ayuntamientos para su conocimiento.

El plazo para el ejercicio de los trabajos recogidos en el convenio, se establece en cuatro años, a contar desde la suscripción del mismo. Un plazo que podrá prorrogarse por un periodo de cuatro años adicionales.

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