Fomento concede cerca de 53.000 euros en ayudas para que los Ayuntamientos realicen actuaciones en materia de planeamiento urbanístico y áreas de desarrollo rural

Santander- 07.10.2024

La Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente otorgará un total de 52.855 euros en ayudas para para financiar actuaciones de los Ayuntamientos de la región en materia de redacción de planeamiento urbanístico y áreas de desarrollo rural.

Así se refleja en la resolución del Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publicado hoy que desgrana el reparto de estas ayudas, que ascienden a un total de 52.855 euros, y que que se repartirán entre los siguientes ayuntamientos: Argoños recibirá una cuantía total de 10.000 euros, mientras que para Piélagos se destinarán 29.505 euros y la cantidad consignada para Castañeda es de 13.350 euros.

El objetivo de estas ayudas es financiar la adaptación a la mayor brevedad posible del planeamiento urbanístico de los municipios cántabros a la actual normativa regional que regula en Cantabria la ordenación del territorio y el urbanismo de la Comunidad Autónoma, así como la delimitación de las áreas de desarrollo rural, contribuyendo financieramente al esfuerzo económico que las corporaciones locales deben realizar.

Para ello se mantiene el sistema de ayudas en el que los beneficiarios pueden acceder a la subvención a medida que superen las distintas fases del procedimiento de elaboración del instrumento de planeamiento, mediante el procedimiento abreviado en régimen de concurrencia competitiva. Se pretende, así,estimular a los ayuntamientos en la elaboración de los planes y se evita la congelación de fondos comprometidos en ayudas que, a la vista de la dinámica de elaboración de los planes, no termina de realizarse.

Se han considerado gastos subvencionables todos aquellos cuyo objeto sea la realización de todos o algunos de los trabajos o documentos necesarios para la delimitación de las áreas de desarrollo rural y de planes generales de ordenación urbana adaptadas a la actual normativa o su revisión que sean llevada a cabo por parte de los ayuntamientos cántabros. En ningún caso, han sido subvencionables los gastos protocolarios, los gastos generales de funcionamiento de las entidades solicitantes, los intereses deudores de cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, los gastos de procedimientos judiciales, los gastos que no constituyen una revisión o una elaboración del nuevo planeamiento y los gastos que ya hayan sido subvencionados con anterioridad.

En el caso de los planes generales de ordenación urbana, la convocatoria prevista establece una ayuda, por un importe máximo de 90.000 euros, para los ayuntamientos con población superior a 25.000 habitantes; un máximo de 75.000 euros para los ayuntamientos con población superior a 10.000 habitantes y hasta 25.000 habitantes; un máximo de 50.000 euros para los ayuntamientos con población menor o igual a 10.000 habitantes, y un máximo de 33.000 euros para ayuntamientos pequeños o con riesgo de despoblamiento. Para las áreas de desarrollo rural se ha otorgado un ayuda máximo de 30.000 euros, con una cuantía máxima de 10.000 euros por cada área de desarrollo rural aprobada definitivamente.

 

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