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El Tribunal Supremo anula una cláusula tipo para teleoperadores que permitía extinguir el contrato sin indemnización a quien no alcanzara el 75% de la media de producción mensual

La Sala Social del Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad, por abusiva, de una cláusula extintiva incluida por una empresa en una pluralidad de contratos de teleoperadores que permitía la extinción contractual de no alcanzarse por el trabajador el 75 por ciento de la media de la producción mensual del servicio.
El alto tribunal rechaza el recurso de casación planteado por la empresa contra la sentencia de la Audiencia Nacional, de 13 de octubre de 2022, que estimó el recurso de varios sindicatos y declaró la nulidad de la citada cláusula incorporada en los contratos individuales de trabajo a partir del 4 de junio de 2022.
La cláusula controvertida señalaba que «ambas partes, al amparo de lo dispuesto en el artículo 49.1 b) del ET y en virtud de su autonomía contractual (art&iac…

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