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El Gobierno regional adapta la Ley del Consejo Social de la UCLM a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU)

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29/10/2024Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Lo ha avanzado el consejero de Educación en rueda de prensa de Consejo de Gobierno

El Gobierno regional adapta la Ley del Consejo Social de la UCLM a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU)

El consejero de Educación, Cultura y Deportes, Amador Pastor, ha explicado que, entre las novedades de la nueva norma, están el aumento en dos personas de los miembros de Consejo, la integración de nuevos perfiles de nombramiento, nueva figura del vicepresidente primero, nuevo procedimiento de designación de miembros, clausulas para el equilibro de género y fomento de la transparencia la rendición de cuentas.  

Toledo, 29 de octubre de 2024.- El Gobierno regional adapta la Ley del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU). Lo ha puesto de manifiesto el consejero de Educación, Cultura y Deportes, Amador Pastor, en una rueda de prensa del Consejo de Gobierno celebrada en el Palacio de Fuensalida (Toledo).
 
En su intervención ante los medios de comunicación, el consejero de Educación ha explicado que esta modificación, realizada sobre la norma de regulación del año 2003, implica una serie de novedades.  
 
La primera novedad es un aumento en dos personas de los miembros del consejo, pasando de los 19 anteriores a 21 actuales, incluida la persona que ostenta el cargo de presidencia, y garantizándose que dicha composición sea equilibrada entre mujeres y hombres.
 
La segunda novedad es que se introducen nuevos perfiles en los nombramientos: el designado entre aquellas entidades, fundaciones o empresas que tengan suscritos convenios o contratos de investigación, docencia, de prácticas o de colaboración con la universidad; el designado a propuesta de la Confederación de Entidades de Economía Social de Castilla-La Mancha; o el designado a propuesta de la Mesa del Tercer Sector de Castilla-La Mancha.
 
La tercera novedad es que se incluye, por primera vez, la figura de la vicepresidencia del Consejo Social.
 
La cuarta es que se adecúa el procedimiento de designación de los miembros, correspondiendo al Pleno de las Cortes de Castilla-La Mancha la designación de los vocales del Consejo Social en representación de los intereses sociales.
 
Por último, en cuanto a las funciones del Consejo Social, la última novedad, cabe señalar que se diversifican en aspectos como la planificación y el desarrollo institucional o la gestión económica y académica. También se incorpora la cláusula del equilibrio de género y se refuerza la transparencia y la rendición de cuentas.

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