El Gobierno publica el Decreto que regula la competencia y medidas de control en caso de accidentes graves con sustancias peligrosas
Santander- 01.07.2024
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica hoy el Decreto por el que se determinan los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de Cantabria y se desarrollan las medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
Este Decreto se aplica a las industrias con sustancias calificadas como peligrosas, conocidas como industrias SEVESO y su objetivo, en palabras de la consejera Isabel Urrutia, es «dar una mayor seguridad jurídica con un texto que recoge los diferentes cambios normativos que se han producido en los últimos años» y articular la distribución de las competencias y facultades atribuidas a la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Además, en el Decreto se recogen otras previsiones relacionadas con el control de riesgos inherentes a accidentes graves que serán ejercidas por la Consejería competente en materia de Industria, principalmente en materia de inspecciones a las empresas afectadas, así como en lo relativo a la colaboración de los organismos de control con la Administración.
Según recoge el Decreto, son autoridades competentes en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria: El Consejo de Gobierno, la Consejería competente en materia de Industria; la Consejería competente en materia de Protección Civil; la Consejería competente en materia de Ordenación del Territorio, Evaluación Ambiental Urbanística y Urbanismo; la Consejería competente en materia de Medio Ambiente; y los Ayuntamientos afectados.
Así, al Consejo de Gobierno corresponde aprobar los planes de emergencia exterior; a la Consejería de Industria, entre otras, recibir, evaluar y gestionar la información facilitada por las industrias; que remitirá a Protección Civil para su conocimiento y elaboración de los planes de emergencia exterior.
También tendrá que notificar a Urbanismo, Ordenación del Territorio, Medio Ambiente, Protección Civil, y a los Ayuntamientos afectados, las nuevas instalaciones industriales y las modificaciones que tengan lugar de las existentes.
La Consejería de Industria será la encargada de investigar, en caso de accidente grave, lo sucedido y de aplicar las sanciones que correspondan.
La Consejería de Presidencia, competente en materia de Protección Civil, es quien se encargará de ordenar la aplicación de los planes de emergencia exterior y dirigirlos e informar, en el momento en el que se tenga noticia de un accidente grave, a la Delegación del Gobierno en Cantabria, así como a la Dirección General competente en materia de protección civil de la Administración General del Estado, a través de la Sala Nacional de Emergencias, además de mantener actualizada, en colaboración con la Dirección General competente en materia de protección civil de la Administración General del Estado, la Base nacional de datos sobre riesgo químico.
Finalmente, y entre otras competencias, corresponde a la actual Consejería de Fomento velar para que la planificación territorial y urbanística tenga en cuenta los objetivos de prevención de accidentes graves y de limitación de sus consecuencias para la salud humana, los bienes y el medio ambiente.
En la elaboración de este Decreto han participado las Consejerías de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa; de Fomento, Ordenación del territorio y Medio Ambiente y de Industria, Empleo, Innovación y Comercio y supone la adaptación a la actual estructura del Gobierno de Cantabria de las competencias que el Real Decreto 840/2015 atribuye a las Comunidades Autónomas.
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